International Rights of Nature Tribunal

Tribunal determina ECOCIDIO en Bolivia

El Tribunal Internacional por los Derechos de la Naturaleza (TIDN) en la lectura de la sentencia por el caso: Chiquitanía, Chaco y Amazonia Vs. Estado Plurinacional de Bolivia, declaró que los incendios del 2019 fueron un “ecocidio provocado por la política de Estado y el agronegocio”, y estableció la abrogación de las normas señaladas como “incendiarias” a fin de que estos hechos no se repitan.

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“En base a estos antecedentes, los demandantes identifican como autores del delito de ecocidio a las autoridades administrativas, legislativas y judiciales, quienes diseñaron la política, aprobaron el paquete legislativo y, ocurridos los incendios, favorecen a las condiciones de impunidad para los perpetradores. Además, indican como autores a los grupos fácticos representados por los grandes ganaderos, empresarios agroindustriales, por lo que este Tribunal se ha formado convicción a ese respecto. Por tanto, se concluyen que corresponde la sindicación como autores del delito de ecocidio contra la ecoregión Chiquitanía, Amazonía y Chaco de Bolivia al: Gobierno de Evo Morales 2019, Gobierno Añez 2020 y Gobernación de Santa Cruz y Beni; (a la) Autoridad de Fiscalización y Control de Bosques y Tierra (ABT), Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) y otras; (a la) Asamblea Legislativa. Bancadas del oficialismo y la oposición; (a la) Fiscalía, Poder Judicial y Tribunal Agroambiental; (y al) extractivismo agroganadero y de soya transgénica para la exportación”, dictan en la sentencia.

 

Asimismo, entre las resoluciones, el TIDN establece garantías para que los incendios no ocurran nuevamente, entre ellas la abrogación de las normas que promueven la ampliación de la frontera agraria y con ello las quemas y desmontes. Específicamente se refieren a las siguientes leyes:

  1. Ley N° 337 de Apoyo a la Producción de Alimentos y Restitución de Bosques y su D.S. 1578
  2. Ley N° 502, Ley N° 739 y Ley N° 952, de ampliaciones del plazos y modificaciones de la Ley 337.
  3. Ley N° 741, de Autorización de Desmonte hasta 20 hectáreas para pequeñas propiedades y propiedades comunitarias o colectivas para actividades agrícolas y pecuarias.
  4. Ley N° 1171 de Uso y Manejo Racional de Quemas.
  5. Decreto Supremo 3973 de Modificación y Ampliación del Desmonte para actividades agropecuarias en tierras privadas y comunitarias.
  6. Ley N° 1098 y D.S. 3874 sobre autorización de eventos de soya transgénica asociada a la producción de biodiesel.
  7. Ley Departamental 93/2019 (Beni) sobre la aprobación del Plan de Uso del Suelo del Beni.
  8. D.S. 4232 y D.S. 4238 que autorizan al Comité Nacional de Bioseguridad establecer procedimientos abreviados para la evaluación del maíz, caña de azúcar, algodón, trigo y soya, genéticamente modificados en sus diferentes eventos, destinados al abastecimiento del consumo interno y comercialización externa.
  9. R.A. 084/2020 SENASAG que aprueba requisitos fitosanitarios para la importación de Eucalyptus spp. para ser implementados en plantaciones forestales.

La decisión fue dada a conocer por las y los jueces Nancy Yañez, de Chile; Patricia Gualinga, de Ecuador; y Felicio Pontes, de Brasil, quienes dirigieron las audiencias virtuales del lunes 17 y martes 18 de agosto, en las que recibieron los testimonios de las organizaciones indígenas, organizaciones, activistas, bomberos, la Gobernación de Santa Cruz y el Gobierno Municipal de San Ignacio de Velasco.

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El Tribunal se compromete a dar seguimiento a este crimen de ecocidio de ejecución continua, ya que se sigue repitiendo, y establecer una comisión permanente para vigilarlo.

El TIDN recomienda fuertemente que las organizaciones, comunidades y colectivos que han presentado pruebas en esta audiencia, presenten este caso de violación a los derechos de la naturaleza ante el marco jurídico boliviano.

Finalmente, el TIDN abrirá la presente sentencia a toda la Asamblea de jueces del Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza para conseguir más adhesiones, la misma que será circulada en un mes con todas las firmas conseguidas.

Para más información, por favor visite el siguiente vínculo:
https://www.rightsofnaturetribunal.org/cases/ecocide-in-the-amazon-chiquitania-case/

Para ver las audiencias, por favor refiéranse a los siguientes vínculos:
https://web.facebook.com/rightsofnaturetribunal/?ref=bookmarks

En caso de necesitar más información, por favor comuníquese con las siguientes direcciones:
communications@therightsofnature.org
secretariat@therightsofnature.org
info@therightsofnature.org

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